PASADO

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LA SOBERBIA TIENE UNA HIJA Y ES LA INGRATITUD, (EL QUIJOTE)

domingo, 30 de octubre de 2022

Articulo 55 de la Carta de Naciones Unidas-1945 /

CAPITULO IX

COOPERACIÓN INTERNACIONAL ECONÓMICA Y SOCIAL

Artículo 55

Con el propósito de crear las condiciones de estabilidad y bienestar necesarias para las relaciones pacíficas y amistosas entre las naciones, basadas en el respeto al principio de la igualdad de derechos y al de la libre determinación de los pueblos, la Organización promoverá:

a. niveles de vida más elevados, trabajo permanente para todos, y condiciones de progreso y desarrollo económico y social;

b. La solución de problemas internacionales de carácter económico, social y sanitario, y de otros problemas conexos; y la cooperación internacional en el orden cultural y educativo; y

c. el respeto universal a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión, y la efectividad de tales derechos y libertades


    Propósitos excepcionales con resultados mediocres a día de hoy, en mi opinión



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